Con el propósito de dar cumplimiento al Plan Básico de Ordenamiento Territorial y mantener el orden público, la alcaldesa Miriam Prado Carrascal a través del decreto 028 da a conocer a la comunidad ocañera los horarios de funcionamiento de los establecimientos nocturnos donde se desarrolla las actividades de expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el municipio, vigencia 2017.
Los horarios para los establecimientos ubicados en la Circunvalar, Corredor vial hacia Aguas Claras, avenida Francisco Fernández de Contreras y sector centro, son los siguientes:
- CLUBES SOCIALES:LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES Y DOMINGO de 10:00AM hasta 2:00AM, VIERNES, SÁBADO de 10:00AM hasta 3:00AM y el DOMINGO cuando sea LUNES FESTIVO de 10:00AM hasta 3:00AM. LUNES FESTIVO 10:00AM hasta 2:00AM.
- CASAS DE BANQUETES Y SALONES DE RECEPCIÓN:LUNES, MARTES, MIERCOLES, JUEVES y DOMINGO de 8:00 AM hasta 1:00 AM. VIERNES, SABADO 8:00 AM hasta 3:00 AM y el DOMINGO cuando sea LUNES FESTIVO de 8:00 AM hasta 3:00 AM LUNES FESTIVO 8:00 AM hasta 1:00 AM.
- ALMACENES, TIENDAS Y SUPERMERCADOS:LUNES a LUNES de 6:00 AM hasta 11:00 PM.
- DISCOTECAS:LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, DOMINGOS de 7:00PM hasta 2:00 AM, JUEVES, VIERNES y SÁBADO de 7:00PM hasta 3:00AM y el DOMINGO cuando sea LUNES FESTIVO de 7:00PM hasta 3:00 AM LUNES FESTIVO 7:00 PM hasta 2:00 AM
- BARES, CAFÉ - BAR Y TABERNAS:LUNES, MARTES, MIÉRCOLES de 10:00AM hasta 2:00AM. JUEVES, VIERNES y SÁBADO de 10:00AM hasta 3:00AM. DOMINGOS 10:00AM hasta 2:00AM y el DOMINGO cuando sea LUNES FESTIVO de 10:00AM hasta 3:00AM. LUNES FESTIVO 10:00AM hasta 2:00AM
- BILLARES, CASINOS Y BINGOS:LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES y DOMINGO de 10:00AM hasta 11:00PM. VIERNES, y SÁBADO de 10:00AM hasta 1:00AM y el DOMINGO cuando sea LUNES FESTIVO de 10:00AM hasta 1:00AM. LUNES FESTIVO de 10:00AM hasta 11:00PM.
- CANCHAS DE TEJO Y MINI TEJO, SINTÉTICA, FUTBOL SALA, Y JUEGOS ELECTRÓNICOS:LUNES a LUNES de 9:00 AM hasta 11:00 PM.
- RESTAURANTES, PIZZERÍAS, COMIDAS RÁPIDAS, JUGOS Y MÁS:LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, y DOMINGOS de 6:00 AM hasta 3:00 AM, JUEVES, VIERNES, y SÁBADO de 6:00 AM hasta 4:00 AM y el DOMINGO cuando sea LUNES FESTIVO de 6:00AM hasta 4:00 AM. LUNES FESTIVO de 6:00AM hasta 3:00 AM.
- LICORERAS Y/O ESTANCOS:LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, y DOMINGO de 9:00AM hasta 2:00AM. JUEVES, VIERNES y SÁBADO de 9:00AM hasta 3:00AM. Y el DOMINGO cuando el día sea LUNES FESTIVO de 9:00AM hasta 3:00AM. LUNES FESTIVO de 9:00AM hasta 2:00AM.
El incumplimiento de lo estipulado en el decreto 028 dará lugar a la imposición de sanciones consagradas en la ley, por las autoridades competentes, de igual forma los menores que sean hallados consumiendo bebidas embriagantes o en estado de beodez, se colocarán a disposición de la autoridad competente, con el objeto de iniciar los procedimientos correspondientes establecidos en el decreto municipal 196 de 2014 y Ley 1098 de 2006.