Revista digital de análisis de actualidad: Noticias, empresas y academia. ISSN : 2805-6043 (En línea).

Las técnicas de extracción de minerales y material de arrastre abarcan una serie de acciones que causan significativos impactos ambientales, que se mantienen tiempo después del proceso. La extracción hidráulica se efectúa junto a las orillas de los ríos, áreas costeras y humedales causando una modificación en la topografía local.

En el transcurso del dragado se generan costos ambientales debido a que los desechos son vertidos en el agua o suelo, modificando a su vez los canales y la profundidad del río, obteniendo así mismo, contaminantes atmosféricos y propagación del ruido.

La extracción de materiales de arrastre de los ríos se ha convertido en el auge de la minería, por esta razón fue expedida la resolución No. 233 la cual es la encargada de reglamentar esta actividad a partir desde el 1ro de enero de 1.997.

La resolución señala que ninguna persona natural o jurídica, pública o privada podrá realizar actividades de extracción sin tener una licencia de explotación o permiso de las autoridades competentes, como el Ministerio de Minas (NULLVALUE, 1.996).

A pesar que el material de arrastre tiene ciertos beneficios como, usos industriales mayores y menores en los campos artesanales, minería a cielo abierto para explotación de arcillas, construcción de vías de acceso, entre otros, (NAVARRO & MEJIA, 2012), es causante de externalidades y son más los impactos negativos que priman sobre el ambiente.

El río Algodonal, es la fuente liquida con la que se abastece el 70% de la población ocañera y como es mencionado anteriormente, los desechos de los procesos de dragado son vertidos a estas aguas causando una contaminación directa, la cual trae afectaciones en la salud de la comunidad, deterioro paisajístico, disminución del caudal y estancamiento hídrico.

Sin embargo, debido a los beneficios económicos que trae consigo esta actividad, se está presentando a lo largo del río Algodonal extracciones de manera ilegal, lo cual es un problema que nos afecta a todos, puesto que de ahí nos surtimos todos para obtener agua potable.

A raíz de esta situación fue necesario que CORPONOR (Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental), quién es la autoridad ambiental, realizara investigaciones con ayuda de la Policía Ambiental y la Unidad Técnica Ambiental (UTA) para controlar la extracción ilegal de material de arrastre y la explotación en sitios prohibidos.

Por otra parte, en la vereda Chapinero del municipio de Ábrego, se incautaron 24 metros de material extraído sin permiso legal y 4 volquetas, que fueron dejadas como evidencia a la autoridad competente para que efectuara la respectiva sanción económica (CORPONOR, 2013).

No obstante, en otro operativo de control ambiental realizado para comprobar la legitimidad de la extracción de arrastre del cauce del río Algodonal, en los sectores de los municipios de Ábrego y Ocaña como: la Represa el Oroque, El Otro Lado, Oropoma, Guayabal, Chapinero, San Luis y La Ermita, se hizo un recorrido de vigilancia de dicha corriente hídrica para confirmar la documentación de viabilidad que se obliga tener para ejecutar la actividad de extracción.

En este caso, los funcionarios de la Dirección Territorial Ocaña, la Policía Nacional y la UTA, les indicaron a los propietarios de los dominios visitados y a los volqueteros sobre las medidas sancionatorias que se tomarán si estos no cumplen con lo determinado por la normatividad ambiental. (CORPONOR, 2012)

En conclusión, este problema no solo sucede en el río Algodonal, sino que acontece en la mayoría de departamentos de Colombia al ser una forma de sostenibilidad personal rentable, debido a la cantidad de usos ya mencionados que tiene el material de arrastre extraído de fuentes hídricas y que es comprado a un buen precio.

Ahora los grandes interrogantes son, ¿A qué costo se debe comprar el material teniendo en cuenta el daño al medio ambiente?, ¿En qué medida se tiene en cuenta la normatividad vigente colombiana reguladora de la extracción de material de arrastre en el país? y ¿Qué está haciendo Corponor y las autoridades ambientales respecto a este tema?

Estas son, algunas preguntas que nos quedan luego de realizar las lecturas necesarias para comprender mejor el panorama, porque, aunque Corponor ejerce operativos de control hace falta más interés por esta problemática que directa e indirectamente afecta a toda la población ocañera.

Bibliografía

CORPONOR . (3 de abril de 2013). http://corponorocana.blogspot.com.co/ Recuperado el 8 de Octubre de 2015, de http://corponorocana.blogspot.com.co/ http://corponorocana.blogspot.com.co/2013/04/24-metros-de-material-de-arrastre.html

CORPONOR. (21 de Marzo de 2012). http://corponorocana.blogspot.com.co Recuperado el 5 de Octubre de 2015, de http://corponorocana.blogspot.com.co http://corponorocana.blogspot.com.co/2012/03/operativo-de-control-y-vigilancia.html

NAVARRO, L. M., & MEJIA, A. (05 de 02 de 2012). es.slideshare.net. Recuperado el 05 de 10 de 2015, de es.slideshare.net: http://es.slideshare.net/linamar04/diapositivas-del-seminario

NULLVALUE. (03 de 12 de 1996). NORMATIZAN EXTRACCIÓN DE MATERIAL DE RÍO. EL TIEMPO.

Escrito por: Camila Fernanda Sánchez Hamilton- María Fernanda Mora Sanjuan, estudiantes de la Universidad Francisco de Paula Santander en Ocaña

Editado por: Primernombre.com

Cuando observamos un comercial y sale la típica frase: “El agua es vida, cuídala” y en el fondo aparece un río rodeado de árboles y pajaritos trinando, por alguna razón el mensaje queda en el aire.

No obstante, si la frase cambiara a: “Si no cuidas el agua ¡MORIRÁS!” con un escenario real, un río prácticamente seco, poca vegetación y nada de animales causaría impacto.

La primera frase se toma como sugerencia y no como advertencia, aunque suena extremista es la realidad. El agua es fundamental para el desarrollo de la vida en el planeta, ningún organismo puede subsistir sin ella.

La disminución del caudal del río Algodonal es un aviso y aunque son muchos los factores que han influenciado en este cambio nos dirigiremos al problema en la fuente del Páramo de Jurisdicciones.

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El lugar está ubicado en la vereda La María en el municipio de Ábrego en Norte de Santander, donde se encuentra la laguna Pan de Azúcar, en la cual nacen los ríos Frío y Oroque, que forman el afluente hidrográfico del Algodonal.

El páramo es considerado una zona estratégica en el departamento por su capacidad para producir agua pero la intervención del hombre ha afectado su complejo boscoso. (Universidad Francisco de Paula Santander en Ocaña - Colombia, 2015)

Las actividades productivas en el Páramo de Jurisdicciones son la agricultura y la ganadería, para ello es necesario contar con el espacio suficiente para sus prácticas, por consiguiente, se lleva a cabo la deforestación impactando negativamente el caudal del rio algodonal.

La vegetación de los ecosistemas naturales del páramo, musgos, matorrales arbustos y los frailejones, asociados con un suelo orgánico y esponjado, forman un sistema retenedor de agua, conocido como “colchones hídricos” de donde fluyen múltiples quebradas de gran importancia en las épocas secas. (El Espectador, 2009)

La deforestación en el Páramo de Jurisdicciones está acabando con estos “colchones de agua”, por lo tanto, la retención líquida es cada vez menor generando una disminución en el caudal del río Algodonal.

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Las personas que se benefician de este recurso hídrico en la parte alta para el riego, alimentación del ganado e incluso para su propio consumo como en la zona baja que corresponde a Ábrego y Ocaña están viendo afectado su bolsillo porque un deterioro del principal afluente hace que los precios de acceso al agua potable suban. (XAVIER LABANDEIRA, 2007)

Cabe resaltar que la preocupación de los medios de comunicación como T.V. San Jorge, el canal comunitario de Ocaña, con apoyo de la población y un grupo de funcionarios, periodistas y ambientalistas,  realizaron un documental ecológico en el 2.012 llamado “Sombras en el Páramo de Jurisdicciones” resaltando la situación del lugar. (dailymotion, 2012)

Además, el  programa académico de Ingeniería Ambiental de la Universidad Francisco de Paula Santander de Ocaña, realizaron visita de reconocimiento al ecosistema del Páramo de Jurisdicciones de Ábrego, con el fin de determinar investigaciones orientadas a los procesos de restauración y plan de manejo ambiental. (Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña - Colombia, 2015)

¿Pero quién puede intervenir en el Páramo? Al ser un bien público ambiental le corresponde al estado estos procesos puesto que la internalización de las externalidades consiste en hacer que los agentes privados asuman el coste de los daños. (XAVIER LABANDEIRA, 2007)

En la región la presencia del gobierno se hace a través de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental (CORPONOR) quien visitó el Páramo de Jurisdicciones por petición de T.V. San Jorge.

El director en ese entonces, Pedro Pablo Torres Ortega, dio a conocer los criterios ambientales que tiene la Corporación sobre el afluente para la conservación de la misma -“CORPONOR ha comprado alrededor de 1.390 hectáreas, las cuales actualmente pertenecen a las áreas protegidas y zona de reserva de la cuenca alta del río Algodonal, fortaleciendo así la preservación del recurso hídrico”. (CORPONOR, 2013)

En todo caso, es deber del estado generar políticas para el desarrollo de las comunidades que habitan el páramo, si se quiere conservar.

Los servicios asociados al agua que se consume en las zonas bajas, se deben compensar de alguna manera a los habitantes que cuidan el área.  (El Espectador, 2009)

Los campesinos que habitan el campo de influencia del rio Algodonal no pueden dejar de producir de la noche a la mañana y quedarse de manos cruzadas, por eso es cuestión de generar una estrategia equilibrada de pago por servicios ambientales en la zona del Páramo de Jurisdicciones.

BIBLIOGRAFÍA

CORPONOR. (13 de Febrero de 2013). Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental. Recuperado el 19 de Octubre de 2015, de Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental: http://corponor.gov.co/es/index.php/es/noticias2/34-latest-news/1220-corponor-realiza-recorrido-por-las-areas-protegidas-del-paramo-de-jurisdicciones-del-municipio-de-abrego

Dailymotion. (22 de Febrero de 2012). dailymotion. Recuperado el 19 de Octubre de 2015, de dailymotion: http://www.dailymotion.com/video/xoyj0m_sombras-en-el-paramo-de-jurisdicciones_tech

El Espectador. (19 de junio de 2009). El Espectador. Recuperado el 19 de octubre de 2015, de El Espectador: http://www.elespectador.com/articulo146705-peligran-los-paramos

Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña - Colombia. (9 de septiembre de 2015). Ingeniería Ambiental adelanta trabajos de investigación en el Páramo de Jurisdicciones. Ocaña, Colombia. Obtenido de Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña - Colombia.

XAVIER LABANDEIRA, C. J. (2007). ECONOMÍA AMBIENTAL. Madrid: PEARSON EDUCACIÓN, S.A.

Escrito por: Laura Bohery González Alba
Edición: Primernombre.com
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