Revista digital de análisis de actualidad: Noticias, empresas y academia. ISSN : 2805-6043 (En línea).

Algunas personas por no ser afín a las actividades religiosas o por falta de información critican el hecho que las iglesias no pagan impuestos, aunque no son las únicas que no lo hacen, como por ejemplo las empresas privadas y particulares pueden desligarse de esta obligación ya que es su proceder.

Resulta que en el Estatuto Tributario en el artículo 23 está plasmado:

“Las asociaciones gremiales, los fondos de empleados, los fondos mutuos de inversión, las iglesias y confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, los partidos o movimientos políticos aprobados por el Consejo Nacional Electoral; las asociaciones y federaciones de Departamentos y Municipios, las sociedades o entidades de alcohólicos anónimos, los establecimientos públicos y cualquier establecimiento oficial descentralizado, siempre y cuando no se señale en la ley de otra manera”. (Tributario, 2018)

Están exentas de pagar impuestos, pero están obligadas a presentar declaración de ingresos y patrimonio, garantizando la transparencia en la gestión de recursos.

Debido a que estas organizaciones se crearon sin fines de lucro con el objetivo de realizar labores sociales tales como colaborar en las emergencias por desastres naturales, asisten a los enfermos en el hospital, tienen fundaciones para niños, ancianos y personas de la calle; dedicándole su tiempo y ayuda monetaria y en especies.

También, el ente gubernamental les otorga a estos grupos permiso para realizar labores sociales y un certificado especial para que atiendan a la población carcelaria brindando apoyo y fortaleza espiritual, en muchos casos obteniendo como beneficio de estas actuaciones el reintegro de la persona a la sociedad con nuevos principios que los alejan del panorama delictivo.

Otra es la ley de mecenazgo permite deducirlos, a cambio de donaciones a causas sociales, artísticas o culturales, sin embargo, esto no es nuevo y sucede en todos los países solo que poseen diversas normativas, por ejemplo en España “con la reforma del año 2015, se potenció el «micromecenazgo», y ha incorporado modificaciones que afectan sustancialmente al régimen de desgravaciones por donativos (una vía utilizada por la Iglesia católica), tanto para personas físicas como jurídicas” (Unir, 2.017)

En conclusión, las iglesias debido a su labor filantrópica no pagan impuestos al igual que muchas empresas privadas y personas particulares que deciden destinar estos recursos económicos al cubrimiento de necesidades sociales de su elección, llegando de esta forma a los sitios donde el estado y la sociedad en general tiene poca o nula presencia.

Bibliografía

Unir. (2.017). Fundaciones y filántropos

(Tributario, 2018)

Escrito por: Daicy Celiani Echeverri Castillo – Magister en Comunicación e Identidad Corporativa (c) (UNIR), especialista en Gestión Pública (UIS) y Comunicadora Social (UniPamplona) (Directora revista PrimerNombre.com).

Desde hace varias semanas se ha venido comentando acerca de la reforma tributaria que está preparando el Gobierno Nacional y que se espera sea radicada en el Congreso para su respectivo trámite, la mayoría de los colombianos quiere comprender qué se viene con ese intento del presidente Juan Manuel Santos para tapar el hueco fiscal del Estado.

Además, hace años se denunció por parte de la comunidad estudiantil un déficit de 12.6 billones de pesos en la educación superior del país.

Por otro lado, el impuesto a las gaseosas resulta importante no por los estados económicos del país, sino por cuestión social y salubridad. Entendemos que, aumentando los precios de productos perjudiciales para los jóvenes y niños, se da la batalla en la prevención de la obesidad en menores de edad, que son consumidores generalmente de estas bebidas.

Si analizamos desde el punto de vista financiero, la reforma gravará la gaseosa en $300 por cada litro, causando un impacto en la industria al disminuir las ventas para dichas empresas y los ingresos sufrirán la misma suerte, es decir, se desincentivaría la producción de este producto en Colombia.

Ahora bien, hay un tema relevante que se trató en el nuevo proyecto tributario, que es algo innovador en cuanto a reformas de este tipo se trata y es el área de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), que lastimosamente las toca y se contempla desde una perspectiva de descontento para las personas que se encuentran en este medio.

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En las redes sociales los ciudadanos han manifestado su indignación porque con esta medida se buscaría desincentivar la globalización del país por medio del Internet, los siguientes son los motivos:

Según el artículo 18 del proyecto, se busca gravar a las páginas web, hosting y almacenamiento en la nube, es decir, empresas como Mega, Dropbox u OneDrive, que son servicios de almacenamiento de pago mensual o anual, tendrían que aumentar el precio. El consumidor le saldrá más caro la adquisición de los productos y entrará el sector a disminuir su uso porque muchos no podrán seguir pagando.

Adicionalmente, el suministro de software, servicios online audiovisuales, de enseñanza o entrenamiento a distancia, plataformas de pago y demás, comenta el susodicho artículo que también serán perjudicados por el aumento del IVA.

Lo anterior, puede repercutir en lo siguiente, desaceleración de la economía digital, pérdida del emprendimiento web en el país, el cual ha sido uno de los que ha ayudado al crecimiento económico en los últimos años del país porque en Colombia a las startups (empresas emergentes) les gusta venir y generar empleos manejados a través de Internet.

Además, las compañías extranjeras que administran todo por medio de las redes no querrán llegar a invertir, no será rentable crear software y los servicios que se llevan a cabo por Internet, por ejemplo, Platzi, uno de sus creadores es colombiano, se verá inmiscuido en este tema por ser una plataforma de enseñanza digital.

Por otra parte, habrá IVA para los celulares que superen el precio de $650.000 y los computadores de más de $983.000, es decir, se va a desacelerar en primera medida el consumo de tecnología en Colombia.

-Algo que sin lugar a dudas comenzará a abrir las brechas del analfabetismo digital y el país se sumergirá en una especie de “desglobalización” respecto al colombiano promedio-.

Estas condiciones futuras no ayudarán a incentivar a los jóvenes a comprar cada vez mejores tecnologías para el emprendimiento, el software o cualquier tipo de producto tecnológico que se encuentre en vanguardia en el planeta.

En conclusión, es preocupante estos temas, porque el gobierno demuestra cada vez más su desinterés en cerrar las brechas tecnológicas en el país. Las personas con menos ingresos no podrán acceder a estos servicios modernos que ayudan a la adquisición de conocimiento y en la agilización de los procesos educativos que hace décadas parecía imposible.

Como dato adicional, no se puede esperar ser un país próspero si para crear empresa se exige una cantidad de procedimientos (más de 15 pasos), mientras en Estados Unidos, simplemente piden seguir de 5 a 7 pasos.

Escrito por: Yesica Paola Bayona Torres y María Angélica Bermúdez Galvis, estudiantes de Administración de empresas de la Universidad Francisco de Paula Santander de Ocaña.

Editado por: Daicy Celiani Echeverri Castillo- Directora Primernombre.com

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