Angélica María Zambrano Mantilla, Economista, Universidad Industrial de Santander
Recientemente, por sugerencia de un profesor, leí de nuevo mi tesis de grado. Aparte de los múltiples errores de redacción y de la extraña sensación de leerme, más joven, encontré que la idea de la inclusión de capital privado en algunas acciones que cotidianamente eran del Estado, sigue siendo muy eficiente para mí y aparentemente no soy la única. Sin embargo, este mecanismo plantea retos importantes en materia de control de calidad, de precios y de condiciones de entrada y salida del mercado.
Para controlar lo anterior, se creó la figura de “organismo regulador”independiente de las partes, quien desempeñaría el papel de veedor de los contratos de concesión haciendo que el Estado y el privado cumplieran con sus obligaciones yasí beneficiar, en últimas, a los usuarios. Esta figura se promulgó rápidamente a lo largo del mundo. En Colombia, el ejemplo más claro sonlas comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios, entre las siguientes: la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC (antes Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, CRT); la Agencia Nacional de Infraestructura (antes Instituto Nacional de Concesiones, INCO) o la Comisión de Regulación en Salud.
Por intuición, podría pensarse que este fenómeno ha redundado en un crecimiento económico importante, con incrementos en la productividad y en la satisfacción del cliente que lograrían niveles más altos de desarrollo social. Sin embargo, las constantes renegociaciones, incrementos de costos, demoras en la ejecución de los proyectos y la desconfianza que esto genera, distan mucho de los imaginarios mencionados.
Pero la falla no es del sistema, es de las herramientas. El diseño correcto del concurso para ser el único oferente del bien y así conseguir que las empresas traspasen la mayor parte de las ganancias de eficiencia que esperan obtener a los usuarioses únicamente el primer paso. Las agencias reguladoras tiene la responsabilidad de implementar, seguir y evaluar cada relación contractual a su cargo y al mismo tiempo debe defender los intereses de los usua¬rios y de los inversores privados, de forma transparente y justa.
Es claro que un organismo de este tipo debe contar con características muy particulares que permitan el cumplimiento de estas responsabilidades. Para Estache y De Rus (2003), además de tener objetivos claros que determinen sus funciones, congruentes con los objetivos de la política general que los rige, la agencia debe ser independiente, autónoma, responsable, debe rendir cuentas, definir su ámbito de actuación, tener acceso a la información y someterse a un mecanismo externo de control, cuyo fin último es otorgar un entorno propenso para el intercambio de información, y reducir asíla incertidumbre de todos los actores participantes. De otro modo, los incentivos de las partes a modificar las condiciones a su favor se incrementarán sin control.
En la práctica, por el contrario, las agencias reguladoras normalmente se crean adscritas a los ministerios del sector con el que van a trabajar, imponiendo de entrada una condición completamente contraria al término independencia. Adicional a esto, los presidentes de las juntas directivas de las agencias son, de hecho, los ministros a cargo. Es importante aclarar que dicha independencia es un factor altamente ponderado por los académicos en el momento de listar las características ideales de una agencia reguladora.
Por otro lado, los constantes rediseños organizacionales que experimentan las agencias reguladoras, no solo representan un incremento considerable por cuenta de los costos de transición que representan dichas reformas, sino que se consideran como una fuente de incertidumbre para las partes, interfiriendo en la toma de sus decisiones.
Aunque los mecanismos de rendición de cuentas constituyen el aspecto más cercano a las recomendaciones de los teóricos, debido a que se compone de elementos disponibles para el público en diferentes momentos del proceso, no representa en últimas un elemento diferenciador para generar confianza entre las partes.
Una restructuración radical y definitiva es necesaria. Entiendo que construir un sistema que conjugue la acción estatal y privada significa lograr que ambas partes actúen de acuerdo a las metas que favorecerán al público en general, incluso garantizándoles mayores niveles de desarrollo y hasta de ingresos, por esta razón las condiciones de creación y mantenimiento de la agencia y de todo el proceso en general, además de ser transparentes, deben ser demostrables y congruentes con el objetivo de garantizar el acceso de todas las personas y todos los bienes a los mercados.{jcomments on}