Revista digital de análisis de actualidad: Noticias, empresas y academia. ISSN : 2805-6043 (En línea).

A PARTIR DE HOY, PADRES VENEZOLANOS PODRÁN CONSULTAR SI EL REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO DE SUS HIJOS TIENE LA NOTA “VÁLIDO PARA DEMOSTRAR NACIONALIDAD”

La anotación evita el riesgo de apatridia de los niños y niñas, hijos de padres venezolanos, nacidos en Colombia a partir del 1 de enero de 2015.

 Los padres pueden consultar el estado del registro civil ingresando al aplicativo de la página web www.registraduria.gov.co con el NUIP o Serial del registro correspondiente.

Entre el 1 de enero de 2015 y el 19 de agosto de 2019 fueron inscritos en el registro civil de nacimiento 28.961 niños y niña, hijos de padres venezolanos nacidos en Colombia.

A partir de hoy, y dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución 8470 de 2019, la Registraduría Nacional del Estado Civil pone al servicio de los padres venezolanos con hijos nacidos en Colombia a partir del 1 de enero de 2015, la consulta web para validar si el registro civil de nacimiento de sus hijos ya cuenta con la nota “válido para demostrar nacionalidad”.

Los padres podrán hacer la consulta en la página web de la entidad, www.registraduria.gov.co, digitando el número de NUIP o Serial del registro civil de nacimiento que necesita ser verificado. El sistema le arrojará la información actual del documento: si ya tiene la nota, le indicará la sede de la Registraduría en la que podrá solicitar una copia gratuita, en caso contrario, los padres deben validar en la oficina de origen cuál es el estado del registro.

La decisión de incluir la anotación “Válido para demostrar nacionalidad” fue excepcional debido al riesgo de apatridia en el que se encontraban los niños y niñas nacidos en el territorio nacional; y temporal, ya que va desde el 1 de enero de 2015 y se extiende hasta por dos años más, siempre y cuando persisten los obstáculos insuperables que impiden a sus padres registrarlos como nacionales en su país.


Antes de la entrada en vigencia de la medida, los hijos de padres venezolanos nacidos en Colombia que eran registrados en oficinas de la entidad o las notarías del país, se les expidía el registro civil de nacimiento con la anotación “No válido para demostrar nacionalidad”, en razón a que no cumplen los requisitos para acceder a la misma dada su condición migratoria.

La resolución de la Registraduría Nacional del Estado Civil establece además que los registros civiles de los niños inscritos después del 20 de agosto de 2019 y hasta los siguientes dos años, se expedirán con la anotación “Válido para demostrar nacionalidad”, siempre y cuando hayan nacido en Colombia, sean hijos de padres venezolanos y presenten como documento antecedente el certificado de nacido vivo o el acto administrativo del defensor de familia del ICBF.

Es importante destacar que el derecho a la nacionalidad de los niños y niños es reconocido por la Constitución Nacional, la Ley de Infancia y Adolescencia y diversos instrumentos internacionales suscritos por Colombia como la Convención de los Derechos del Niño, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas y la Convención para reducir los casos de Apatridia, entre otros.

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