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LO NUEVO DEL CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO:

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nuevoPrimero que todo, las actuaciones administrativas se desarrollaran bajo los principios consagrados en la primera parte del código que empieza describiendo lo que es cada principio iniciando por el de economía y siguiendo con los principios de celeridad, eficacia, imparcialidad, publicación, y contradicción.

Toma como punto de partida las actuaciones administrativas del Debido Proceso, el cual debe tener en cuenta la supremacía de la Constitución para aplicar el procedimiento y las competencias, sin desconocer los derechos de representación, defensa y contradicción.

En el Principio de Economía, se destaca que los procesos se deben adelantar en el menor tiempo posible y con los menores gastos, además que las autoridades administrativas con el propósito de generar calidad en sus actuaciones y eficiencia, deben utilizar de mejor forma el tiempo. 

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¿QUÉ HAY DETRÁS DE LA RECUPERACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO?

Posted in Actualidad - Editorial

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informalLa recuperación del espacio público combate directamente la informalidad, y este es uno de los propósitos de la alcaldía de Bucaramanga, para ello ha recurrido a negociaciones con los “microempresarios” de la calle, entre los que se encuentran la entrega de un local a 166 comerciantes en la Plaza de mercado 'Alberto Rueda' del Barrio Kennedy, adicionalmente también han recurrido al uso de la fuerza pública con aquellos que no se acogieron al plan municipal, siendo posteriormente víctimas del decomiso de sus herramientas de trabajo.

¿Quiénes han sido los damnificados en este proceso? 

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AUTONOMÍA TERRITORIAL “No es absoluta, es subordinada”

Posted in Columnistas - INVITADOS ESPECIALES

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Ana Bolena Merolla, Abogada Universidad Libre de Colombia, Especialista y Magister en Derecho Administrativo - UMNG, Funcionaria Pública

territorioInicialmente presentaremos una breve reseña histórica de las constituciones que abrieron paso al centralismo y a la autonomía de Colombia analizando algunos artículos de la Constitución Política de 1991, los cuales marcaron la trayectoria de su descentralización, su desarrollo legislativo y jurisprudencial, y así comprobar a partir de las normas y las sentencias más significativas de la Corte Constitucional cómo el poder ejecutivo central, el Congreso de la República y el juez constitucional armonizan para mantener un modelo de estado centralista.

Para el desarrollo de este tema es necesario destacar los cambios que ocurrieron en la constitución de Núñez, que produjo varias reformas constitucionales, entre las cuales sobresalen las de 1905, 1910, 1936, estas tres reformas se ocuparon básicamente de la organización territorial, y en especial de la creación de departamentos. 

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Daicy Celiani Echeverri

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